top of page
Buscar
  • Foto del escritorIsrael Lira

Pensamiento Autoritario en el Perú

Actualizado: 8 jun 2021



«En el Perú se ha perdido el principio de autoridad» (01.12.2011), decía en el 2011 el en ese entonces ministro de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), José Luis Silva Martinot en alusión a una ola de violencia delincuencial en Chiclayo, Trujillo, y el Callao. Tres años después, en el 2014, el Ministro del Interior de ese momento, Daniel Urresti, afirmaba que uno de los objetivos principales de su gestión era recuperar el principio de autoridad de la Policía Nacional del Perú, y aseguró que utilizaría todos los recursos legales de la institución para sancionar a quienes agredan a los efectivos policiales (07.06.2014). En esa misma línea, en el 2019 el actual Presidente de la República Martin Vizcarra precisaba: «Hemos tomado la decisión de recuperar el principio de autoridad y legalidad para trabajar en bien de las personas y del medio ambiente. Esta decisión no solo es del Gobierno, sino del Estado peruano. (…) Estamos luchando frontalmente contra la corrupción, y ahora, hemos iniciado la lucha contra el deterioro del medio ambiente, la trata de personas y la prostitución infantil» (22.02.2019). Ello en el marco de la operación “Mercurio 2019” contra la minería ilegal y sus delitos conexos en La Pampa, Madre de Dios.

Estas declaraciones oficiales de funcionarios del gobierno peruano a través del tiempo (que son muchas más pero que por obvias razones de espacio no podemos reproducir), son parte de una percepción generalizada en la población peruana, de que el principio de autoridad es una cuestión deteriorada y que debe de recuperarse, ante el recrudecimiento cíclico de la gran variedad de ilícitos que amenazan la paz social y la institucionalidad y legitimidad gubernamental. Consideramos que esta acepción es la que el ciudadano de a pie tiene en mente cuando se muestra más proclive a una forma de pensamiento autoritario. No creemos que cuando los peruanos traen a colación la palabra autoritarismo como algo necesario o se definen a sí mismos como autoritarios, tengan en mente un gobierno de excesos y de afectación indiscriminada a los derechos fundamentales, sino un régimen político en donde el principio de autoridad del Estado sea eficiente y eficaz.

Así tenemos y podemos construir una pequeña Teoría General del Autoritarismo, en donde el concepto de autoritarismo tiene dos sentidos interpretativos igualmente válidos y que fluyen de la praxis misma en que se ha desenvuelto la mencionada categoría: (i) uno negativo o espurio y (ii) otro positivo o institucional, que se alinean con las dos acepciones clásicas de la RAE. El primero hace alusión a las experiencias de los gobiernos (y las personalidades que los encarnan –los gobernantes–) que ejercen un uso abusivo de la autoridad pública; mientras que el segundo hace referencia a un régimen o sistema que se funda en el principio de autoridad. Así se tiene que mientras en la primera acepción el principio de autoridad se desnaturaliza, en la segunda acepción cumple su función estructural. Por ello conviene precisar qué entendemos por principio de autoridad.

Autorizada doctrina, en torno al principio de autoridad nos dice que, este puede ser conceptualizado como «el ejercicio legítimo de una competencia determinada, expresada en la forma prescrita por la Constitución y las Leyes» (Bauzá, 2008:5), es decir, el Presidente, los Ministros, los Alcaldes, los Gobernadores Regionales, las autoridades policiales y militares, etc, ejercen sus labores de acuerdo a los dispositivos normativos que regulan sus funciones. De acuerdo a ello los elementos del principio de autoridad serian cuatro, a saber: (i) legitimidad, (ii) competencia, (iii) fin y (iv) forma. Siendo la legitimidad, de acuerdo al precitado Bauzá, la superioridad jurídica que se manifiesta en la facultad de mandar, de obligar a terceros por disposición unilateral, esto es lo que se conoce como la potestad coercitiva del Estado o Ius Imperium, es decir, la prerrogativa del Estado para exigir de todos el cumplimiento de la Ley y la Constitución. No solamente implica la facultad de legislar sino también la de hacer cumplir lo legislado (Informe, Pleno del Congreso del Perú, 2001).

Por su parte la competencia, hace referencia al conjunto de atribuciones reconocidas en la Constitución o las Leyes, y a las que se tienen que delimitar las autoridades públicas para no generar, precisamente, un conflicto de competencias respecto de sus respectivas funciones.

Asimismo, y en torno al fin y la forma, no es otra cosa que, el propósito y el procedimiento, respectivamente. Las autoridades tienen que ejercer las atribuciones que se les ha reconocido en la ley para el cumplimiento de unos objetivos particulares bajo unas formas específicas, prescritas normativamente.

Dicho esto, el Perú es un país que clama por la recuperación del principio de autoridad, y en ese sentido se comprende porque el pensamiento autoritario (los que abogan por el autoritarismo en su segunda acepción ya vista), es el ideario más popular en nuestro país por sobre otros enfoques ideológicos como el liberal, el conservador, el centro y el progresista. Y esto se refleja en datos objetivos que si bien se han ido reconfigurando con el tiempo, se han mantenido de forma casi sostenida. Repasando cifras, resumiremos en esencia los resultados (Test de Nolan, 2018):

(i) Liberal: Considera que el Estado debe tener unas funciones limitadas, anteponiendo la libertad individual tanto en lo económico como en lo concerniente a las libertades personales. (8.9% de peruanos a nivel nacional)
(ii) Conservador: Piensa que el Estado debe garantizar un cierto orden social a la vez que la economía debe disfrutar de poca regulación. (3.2%–)
(iii) Centro: A la par de compartir características con otras ideologías, sostiene que es preferible una combinación equilibrada entre Estado y libertad individual. (34.1%–)
(iv) Progresista: Aboga por que el Estado corrija los defectos de la economía y se avance a una sociedad con menos restricciones morales. (9.7%–)
(v) Autoritario: Defiende la idea de que el Estado debe regir sobre todas o casi todas las cuestiones, anteponiendo siempre el bien común al individual. (Sobre este último haremos un recuento más detallado como sigue a continuación).

Esto es en términos muy generales, el panorama. De acuerdo a ello se tuvo y respecto al sector poblacional que se identifica como autoritario que, en el 2006 las cifras arrojaban un 73,2 % de peruanos que reclamaba un gobierno autoritario de acuerdo al Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en su informe intitulado «La democracia en Perú» y que al respecto precisaba que: «…el reclamo más urgente y mayoritario está alrededor de la necesidad de imponer la autoridad».

En el 2015 las cifras bajaron pero siguieron representando a un importante sector poblacional de un 39.5%, lo que equivalía a que 4 de cada 10 peruanos tenía una visión autoritaria (Perú21, 22.06.2015). Luego esta cifra aumentó en el 2017 de 39.9% a 45.8% (Perú21, 06.06.2017), para disminuir en el 2018 solo 1.7 puntos, es decir a 44.1% (Perú21, 12.06.2018) que sigue siendo un amplio sector de peruanos.

Como colofón a todo lo expuesto: ¿son estas cifras buenas o malas? Nosotros particularmente nos adherimos a ese 44.1% de la población que está a favor de la recuperación del principio de autoridad en el Perú, pero también a ese 34.1% que aboga por una visión equilibrada. Estas cifras serán buenas siempre que se encamine por el enfoque institucional del autoritarismo rechazando de forma tajante el sentido espurio. Ya que la certeza de las experiencias de las potencias emergentes nos muestra que, para sentar las bases de un proyecto de nación exitoso, es necesario conjugar un sistema de economía de mercado con una sana planificación estatal para el total desarrollo de las fuerzas productivas, y este objetivo no puede ser instrumentalizado a través de un gobierno y un Estado blandengues, sino, a través de un Estado fuerte y un gobierno consecuente, lo que implica, en esencia, un sistema político autoritario en el sentido institucional.


Fuente: LIRA, Israel. «Columna de Opinión No. 190 del 19.10.2020». Diario La Verdad. Lima, Perú.

106 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page